Benvingudes i benvinguts al bloc d'Els Verds del País Valencià, assemblea local L'Eliana. Camp de Túria.




dimarts, 15 d’abril del 2014

La "incongruencias" de las exigencias de las becas. Hoy hablamos de los erasmus.

La "incongruencias" de las exigencias de las becas. Hoy hablamos de los erasmus. ¿qué son los erasmus? Las becas Erasmus fueron concebidas dentro del marco de la Unión Europea como fomento de la movilidad entre los estudiantes universitarios También existen programas de movilidad para personal docente y para personal de administración y servicios. Evidentemente la movilidad requiere cierto nivel de conocimientos de idiomas extranjeros pues de los contrario es difícil aprovechar al máximo las ventajas que esta movilidad supone. Ahora bien, es cierto que no ha sido nunca utilizado como requisito el conocimiento elevado del idioma,puesto que la estancia en el lugar elegido permite seguir perfecccionando estos conocimientos. Pues bien en el presente curso académico las becas de mecd, uno de los requisitos para recibir la beca erasmus+ del próximo curso 2014/2015, publicado en el BOE Jueves 3 de abril de 2014 es: "Acreditar un nivel B2 o equivalente en el idioma en el que se va a impartir y recibir la docencia en la universidad o centro de educación superior de destino o en el que se realicen las prácticas, según conste en el convenio de intercambio o en un certificado expedido por la universidad de destino. Se acreditará el dominio de la lengua con un Certificado de Nivel Avanzado, un Certificado de Aptitud de Escuelas Oficiales de Idiomas de la lengua extranjera correspondiente, o con los certificados reconocidos por las Mesas Lingüísticas de la CRUE (http://www.acreditacion.crue.org/Paginas/Mesas/Mesas-Linguisticas.aspx) y el listado reconocido por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (ACLES) (http://www.acles.es/acreditacion/), que acrediten las competencias que correspondan con un nivel B2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas." Evidentemente este requisito no es más que la piedra angular que va a servir al Ministerio para no dar prácticamente ninguna beca y de ese modo, seguir recortando las posibilidades de nuestros jóvenes, puesto que sólo van a poder optar los que tengan reconocido dicho B2 ( lo que supone un coste elevado de estudios y exámenes) limitando además las posibilidades de movilidad, pues... ¿qué estudiantes pueden tener un nivel B2 de sueco, noruego, finlandés, portugués, checo, rumano, húngaro....y tantas otras lenguas??, ¿es qué tienen facilidad para poder acceder al estudio de las mismas??? Una vuelta de tuerca más a nuestros jóvenes por parte del Gobierno de Rajoy!!!

dilluns, 14 d’abril del 2014

actividad sísmica cerca deLanzarote: declaración de España libre de Fracking ya, Sr. Rajoy!!

Como sabéis las grandes empresas petrolíferas pretenden hacer prospecciones con el fín de exftraer el gas de los fondos marinos... tema que está denunciado ante la Comisión de peticiones y que afecta especialmente a zonas como nuestra costa mediterránea y las islas Canarias, Dicen que las prospecciones no tiene porqué suponer riesgo alguno, pues en todo caso es una cata y no la extracción en sí. Ahora bien, lo que no dicen es que para hacer las prospecciones deben llevar a cabo las mismas técnicas de fracking que utlizarían si fueran a extraer el gas; no dicen que en tanto no fracturan no saben la bolsa de gas existente; no dicen que para las catas inyectan muchos productos tóxicos que con la mínima fuga se mezclarían con el agua marina; y sobre todo no dicen que, normalmente, las bolsa de gas están ubicadas en zonas cercanas a focos de movimientos sísmicos ( lo que resulta lógico). Pues bien hoy mismo se ha producido la constatación de actividad volcánica de relevancia en los mismos fondos marinos donde Repsol pretende realizar catas y prospecciones, a escasos kilómetros de las islas de Lanzarote y Fuerteventura, en cambio se venía afirmando que la zona era un área sin actividad magmática, por lo que el escenario lejos de ser seguro es de mayor riesgo. http://www.europapress.es/islas-canarias/noticia-descubren-nuevos-volcanes-submarinos-lanzarote-20140414115655.html Pero es que además en los resultados del 5º informe del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPPC) se destaca que, "en caso de extraerse y quemarse un tercio de las reservas de hidrocarburos conocidas el aumento de la temperatura del planeta podría alcanzar un punto de no retorno para efectos calificados de "muy graves" para la población humana". Así pues, sin duda, el Gobierno debe asumir su responsabilidad, no poner en peligro ni la vida de las personas ni el futuro del planeta y debe declarar España como territorio libre de fracking, por consiguiente no debe autorizar estas prospecciones de ningún modo. Lo contario será una actuación muy irresponsable. http://www.lavanguardia.com/natural/20140413/54405777469/quinto-informe-ipcc-grupo-iii-mitigacion-cambio-climatico.html

dimarts, 8 d’abril del 2014

Elecciones europeas: Circular electoral voto por correo y otros / Circular electoral vot per correu i altres

VOTO POR CORREO Si no vamos a estar en nuestra localidad también podemos ejercer nuestro derecho al voto Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo. Para ello, el elector solicitará, entre los días 2 de abril y 15 de mayo de 2014, un certificado de inscripción en el Censo de la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. Dicha solicitud se formulará, personalmente, ante cualquier oficina delServicio de Correos. El empleado de correos encargado de recibirla exigirá al interesado la exhibición de su Documento Nacional de Identidad y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los servicios de Correos remitirán en el plazo de tres días toda la documentación presentada a la Oficina del Censo Electoral correspondiente. Por lo tanto, el elector que solicita el voto por correo, una vez ha sido admitida su solicitud, ya no puede votar personalmente. Recibida la solicitud, la Delegación Provincial: comprobará la inscripción, realizará la anotación correspondiente en el censo, a fin de que el día de las elecciones no se realice el voto personalmente, extenderá el certificado solicitado, y, remitirá por correo certificado al elector, al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo, las papeletas y los sobres electorales, junto con el certificado de inscripción en el censo, un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le corresponda votar y una hoja explicativa. El aviso de recibo acreditativo de la recepción de la documentación deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad y, si no se encuentra en su domicilio, se le comunicará que deberá personarse en la oficina de Correos correspondiente para, previa acreditación, recibir la documentación para el voto por correo, cuyo contenido se hará constar expresamente en el aviso. Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Incluirá el sobre de votación y el certificado en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso antes del día 21 de mayo de 2014 . Este sobre no necesita franqueo. El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las 9 de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las 20 horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después de las 20 horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona. En caso de enfermedad o incapacidad - cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial y gratuita - que impida la formulación personal de la solicitud o, en su caso, la recogida de la documentación en la oficina de correos, podrá ser efectuada en nombre del elector, por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector. La Junta Electoral comprobará, en cada caso, la concurrencia de la circunstancias exigidas. Más información: Artículos 72 y 73 Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General <---> VOT PER CORREU Si no estarem en la nostra localitat també podem exercir el nostre dret al vot Els electors que prevegin que en la data de la votació no seran a la localitat on els correspon exercir el seu dret de vot , o que no puguen personar , poden emetre el seu vot per correu . Per a això, l'elector sol · licitarà , entre els dies 2 abril i 15 de maig de 2014, un certificat d'inscripció en el Cens de la corresponent Delegació Provincial de l'Oficina del Cens Electoral . Aquesta sol · licitud es formularà , personalment , davant qualsevol oficina del Servei de Correus . L'empleat de correus encarregat de rebre exigirà a l'interessat l'exhibició del seu document nacional d'identitat i comprovar la coincidència de la signatura . En cap cas s'admetrà a aquest efecte fotocòpia del document nacional d'identitat . Els serveis de Correus han de remetre en el termini de tres dies tota la documentació presentada a l'Oficina del Cens Electoral corresponent. Per tant, l'elector que sol · licita el vot per correu, un cop ha estat admesa la seva sol · licitud, ja no pot votar personalment. Rebuda la sol · licitud, la Delegació Provincial : comprovarà la inscripció , realitzarà l'anotació corresponent en el cens , a fi que el dia de les eleccions no es realitzi el vot personalment , estendrà el certificat sol · licitat, i, remetrà per correu certificat a l'elector , al domicili per ell indicat o , si no, al que figuri en el cens, les paperetes i els sobres electorals , juntament amb el certificat d'inscripció en el cens, un sobre en el qual figurarà la direcció de la Taula on li correspongui votar i un full explicatiu . L'avís de rebut acreditatiu de la recepció de la documentació haurà de ser signat personalment per l'interessat prèvia acreditació de la seva identitat i , si no es troba en el seu domicili , se li comunicarà que haurà de personar a l'oficina de Correus corresponent per , prèvia acreditació, rebre la documentació per al vot per correu , el contingut s'ha de fer constar expressament en l'avís. Una vegada que l'elector hagi escollit la papereta de vot , la introduirà en el sobre de votació i el tancarà . Inclourà el sobre de votació i el certificat en el sobre dirigit a la mesa i el remetrà per correu certificat en tot cas abans del dia 21 de maig de 2014. Aquest sobre no necessita franqueig . El Servei de Correus conservarà fins al dia de la votació tota la correspondència dirigida a les meses electorals i la traslladarà a aquestes Taules a les 9 del matí . Així mateix , seguirà donant trasllat de la que pugui rebre en aquest dia , fins a les 20 hores del mateix . El Servei de Correus portarà un registre de tota la documentació rebuda , que estarà a disposició de les juntes electorals . Els sobres rebuts després de les 20 hores del dia fixat per a la votació es remetran a la Junta Electoral de Zona. En cas de malaltia o incapacitat - l'existència s'ha d'acreditar per mitjà de certificació mèdica oficial i gratuïta - que impedeixi la formulació personal de la sol · licitud o , si s'escau , la recollida de la documentació a l'oficina de correus , podrà ser efectuada en nom l'elector , per una altra persona autoritzada notarial o consularment mitjançant document que s'estendrà individualment en relació amb cada elector i sense que en el mateix pugui incloure diversos electors , ni una mateixa persona representar més d'un elector . La Junta Electoral comprovarà , en cada cas , la concurrència de les circumstàncies exigides . Més informació : Articles 72 i 73 Llei Orgànica 5/1985 , de 19 de juny , del règim electoral general

dilluns, 7 d’abril del 2014

Ya llegan las elecciones europeas!, Informamos sobre el Censo Electoral

Estamos ya inmersos en las primeras fechas y citas importantes en relación a las próximas elecciones y desde els Verds creemos que es importante que toda la ciudadanía está informada por eso vamos a ir realizando circulares donde os daremos cuenta del calendario electoral y de las cuestiones del proceso electoral más importante... Y la primera es ¿quien puede votar? A Esta pregunta nos responde el Censo y ¿Qué es el censo electoral? El Censo Electoral contiene la inscripción de quienes reúnen los requisitos para votar y no están privados definitiva o temporalmente del derecho de sufragio. El censo electoral es único y permanente, y su actualización es mensual. El censo electoral está compuesto por: Censo de Electores Residentes en España (CER). Pueden votar en todos los procesos convocados. Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA). Los electores inscritos en el CERA pueden votar en las Elecciones a Cortes Generales, en las Elecciones al Parlamento Europeo cuando en este caso se opte por la elección en España y en las Elecciones a las Asambleas Legislativas autonómicas y a las Asambleas de Ceuta y Melilla, pero antes deben solicitar el voto. Censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE). Todos los electores inscritos en el CERE pueden votar en las Elecciones Municipales (y a EATIM). Los ciudadanos europeos inscritos en el CERE además podrán votar en las Elecciones al Parlamento Europeo y a las Asambleas de Ceuta y Melilla. El CERE incluye a los ciudadanos de la Unión Europea residentes en España y a los ciudadanos de los países con Acuerdos de reciprocidad en vigor: son Estados que reconocen el derecho de voto en las Elecciones Municipales a los ciudadanos españoles residentes en su territorio. Las inscripciones en el CERE de los nacionales de los países con acuerdos de reciprocidad en vigor serán válidas exclusivamente para las elecciones municipales para las que se realicen las solicitudes de inscripción en el CERE. Los ciudadanos de la Unión Europea, para la inscripción en el CERE, han de estar inscritos en el Padrón Municipal y haber hecho una declaración formal sobre su voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España en las elecciones municipales. Esa manifestación de voluntad tiene carácter permanente mientras el ciudadano de un país de la Unión Europea continúe residiendo en España, salvo declaración en otro sentido. ¿Dónde y cuándo se puede consultar el Censo y la Mesa electoral donde se vota? Los Ayuntamientos y Consulados expondrán las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios durante ocho días, a partir del sexto día posterior a la convocatoria de las elecciones. (Del 7 de abril al 14 de abril) Además, la Oficina del Censo Electoral remitirá a todos los electores una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección y Mesa en la que les corresponde votar, y comunicará igualmente a los electores afectados las modificaciones de Secciones, Locales o Mesas Electorales. Asimismo, se podrá acceder a la consulta de los datos de locales y Mesas electorales por Internet, a través de la página web del INE (www.ine.es). Para la consulta de los datos de inscripción individuales de cada elector, que incluirán también los de la Mesa y local donde le corresponde votar, será necesaria la utilización de un certificado digital y se podrá acceder a través de la página web del INE (www.ine.es) desde el día de la publicación de la convocatoria. Si mis datos en el censo electoral no son correctos, ¿qué debo hacer? Si durante el periodo de exposición de las listas del censo, cualquier persona observa que está incluido o excluido indebidamente del censo electoral, puede presentar una reclamación ante la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. (Del 7 de abril al 14 de abril) Ésta, en el plazo de tres días, resuelve las reclamaciones y ordena las rectificaciones que habrán de ser expuestas al público el décimo séptimo día posterior a la convocatoria. Además, también notificará la resolución adoptada a cada uno de los reclamantes, Ayuntamientos y Consulados correspondientes. Los electores que han cambiado de domicilio o voten por primera vez, deben comprobar especialmente si sus datos están correctos. <-------> Què és el cens electoral ? El cens electoral conté la inscripció dels qui reuneixen els requisits per votar i no estan privats definitivament o temporalment del dret de sufragi . El cens electoral és únic i permanent , i la seva actualització és mensual . El cens electoral està compost per: Cens d'Electors Residents a Espanya ( CER ) . Poden votar en tots els processos convocats . Cens d'Electors Residents Absents ( CERA ) . Els electors inscrits al CERA poden votar en les Eleccions a Corts Generals, en les Eleccions al Parlament Europeu quan en aquest cas s'opti per l'elecció a Espanya i en les Eleccions a les assemblees legislatives autonòmiques i a les Assemblees de Ceuta i Melilla , però abans de sol · licitar el vot . Cens electoral d'estrangers residents a Espanya ( CERE ) . Tots els electors inscrits en el CERE poden votar en les eleccions municipals (ja EATIM ) . Els ciutadans europeus inscrits al CERE més podran votar a les Eleccions al Parlament Europeu i a les Assemblees de Ceuta i Melilla . El CERE inclou els ciutadans de la Unió Europea residents a Espanya i als ciutadans dels països amb Acords de reciprocitat en vigor : són estats que reconeixen el dret de vot a les Eleccions Municipals als ciutadans espanyols residents al seu territori. Les inscripcions en el CERE dels nacionals dels països amb acords de reciprocitat en vigor seran vàlides exclusivament per a les eleccions municipals per a les quals es realitzin les sol · licituds d'inscripció en el CERE . Els ciutadans de la Unió Europea , per a la inscripció en el CERE , han d'estar inscrits en el Padró Municipal i haver fet una declaració formal sobre la seva voluntat d'exercir el dret de sufragi a Espanya en les eleccions municipals . Aquesta manifestació de voluntat té caràcter permanent mentre el ciutadà d'un país de la Unió Europea continuï residint a Espanya , excepte declaració en un altre sentit . On i quan es pot consultar el cens i la Mesa electoral on es vota ? Els ajuntaments i consolats exposaran les llistes electorals vigents dels seus respectius municipis durant vuit dies , a partir del sisè dia posterior a la convocatòria de les eleccions . ( Del 7 d'abril al 14 d'abril) A més , l'Oficina del Cens Electoral remetrà a tots els electors una targeta censal amb les dades actualitzades de la inscripció en el cens electoral i de la secció i mesa en la qual els correspon votar , i comunicarà igualment als electors afectats les modificacions de seccions , locals o meses electorals . Així mateix , es podrà accedir a la consulta de les dades de locals i meses electorals per Internet , a través de la pàgina web de l'INE ( www.ine.es ) . Per a la consulta de les dades d'inscripció individuals de cada elector , que inclouran també els de la Mesa i local on li correspon votar , serà necessària la utilització d'un certificat digital i es podrà accedir a través de la pàgina web de l'INE ( www. ine.es ) des del dia de la publicació de la convocatòria . Si les meves dades en el cens electoral no són correctes , què he de fer ? Si durant el període d'exposició de les llistes del cens , qualsevol persona observa que està inclòs o exclòs indegudament del cens electoral , pot presentar una reclamació davant la Delegació Provincial de l'Oficina del Cens Electoral . ( Del 7 d'abril al 14 d'abril) Aquesta, en el termini de tres dies , resol les reclamacions i ordena les rectificacions que hauran de ser exposades al públic el desè setè dia posterior a la convocatòria . A més , també notificarà la resolució adoptada a cadascun dels reclamants , ajuntaments i consolats corresponents . Els electors que han canviat de domicili o votin per primera vegada , han de comprovar especialment si les seves dades són correctes .